EA1ZY, lamento contradecirte pero desde la entrada en vigor del último reglamento, son algo más que recomendaciones...
REGLAMENTO DE USO DEL DOMINIO PÚBLICO RADIOELÉCTRICO POR
RADIOAFICIONADOS
TÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 2. Concepto de uso especial del espectro por radioaficionados
Apartado 2. Sin perjuicio del ejercicio de las competencias atribuidas a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (SETSI) en materia de gestión del espectro radioeléctrico y lo establecido en el CNAF, la explotación y uso de las bandas de frecuencia reservadas al servicio de radioaficionados se efectuará conforme a lo establecido en el Reglamento de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones.
Para facilitar las transmisiones y evitar interferencias e incompatibilidades entre diferentes tipos de modulación de las emisiones se utilizarán, como norma general, los Planes de banda de la Unión Internacional de Radioaficionados (IARU) para la Región 1.
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REGLAMENTO DE USO DEL DOMINIO PÚBLICO RADIOELÉCTRICO POR
RADIOAFICIONADOS
TÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 2. Concepto de uso especial del espectro por radioaficionados
Apartado 2. Sin perjuicio del ejercicio de las competencias atribuidas a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (SETSI) en materia de gestión del espectro radioeléctrico y lo establecido en el CNAF, la explotación y uso de las bandas de frecuencia reservadas al servicio de radioaficionados se efectuará conforme a lo establecido en el Reglamento de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones.
Para facilitar las transmisiones y evitar interferencias e incompatibilidades entre diferentes tipos de modulación de las emisiones se utilizarán, como norma general, los Planes de banda de la Unión Internacional de Radioaficionados (IARU) para la Región 1.
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